Si desea recibir nuestro boletín semanal y novedades por correo electrónico, envíenos un correo a familias-por-la-familia@speedy.com.ar con la palabra "SUSCRIBE" en el asunto del mensaje.

sábado, 20 de diciembre de 2008

Uruguay: El proyecto de ley de voluntad anticipada podría derivar en eutanasia

header_original_modAdvierte el Instituto Arquidiocesano de Bioética “Juan Pablo II”
MONTEVIDEO, lunes, 15 diciembre 2008 (ZENIT.org).- El Instituto Arquidiocesano de Bioética "Juan Pablo II", de Montevideo, Uruguay, ante el proyecto de ley de "Voluntad Anticipada" que probablemente se vote este martes en la Cámara de Representantes del Parlamento uruguayo, hizo público el pasado 12 de diciembre un comunicado en el que advierte ante el peligro de que, tal como está, su uso pueda derivar hacia la eutanasia.
"El proyecto de ley de ‘Voluntad Anticipada', actualmente en discusión en el Parlamento, manifiesta la loable intención de evitar el ‘ensañamiento terapéutico', el cual consiste en la aplicación de medios terapéuticos desproporcionados que afectan la calidad de vida del paciente sin permitir esperar razonablemente beneficios significativos en términos de salud o supervivencia", empieza el comunicado enviado a ZENIT, en nombre de este Instituto de Bioética, por Néstor Martínez.
Sin embargo, objeta el comunicado, "tiene el grave defecto de no poner el mismo cuidado en evitar el extremo opuesto, es decir, la omisión de asistencia al paciente en casos en que éste podría recuperarse o salvar su vida. Eso quiere decir que no da garantías suficientes de no estar legalizando, en los hechos, la eutanasia".
El criterio usualmente aplicado, explica el Instituto de Bioética, "para distinguir lo que es ‘evitar el ensañamiento terapéutico' de ‘practicar la eutanasia' es el que distingue los medios terapéuticos proporcionados de los desproporcionados. Retirar o no aplicar los primeros es eutanasia, aplicar los segundos es ‘ensañamiento terapéutico'".
Cuando se habla de medios proporcionados, indica, "se quiere decir, que haya una proporción entre los medios que se emplean y los resultados que se puede esperar de los mismos, en términos del bien del paciente, en forma razonable y con las cargas que pueda implicar".
El carácter proporcionado o desproporcionado de un medio terapéutico, afirma, "es algo que se debe valorar en concreto, según la particular condición de cada paciente, y el único que puede hacerlo en cada caso es el médico, con su pericia profesional, apoyado preferentemente en un Comité de Ética Médica o de Bioética o en su defecto, conjuntamente con un grupo de colegas actuantes".
Además, sigue el Instituto de Bioética de Montevideo, "este proyecto de ley es gravemente insuficiente porque en el caso más delicado, aquel en que la persona no ha manifestado anticipadamente voluntad alguna, y no se encuentra en condiciones de manifestarla en el presente, deja la decisión exclusivamente en manos de los familiares, que carecen de la competencia técnica necesaria para hacer ese discernimiento".
En su artículo 7, dice: "En caso que el paciente en estado terminal de una patología incurable e irreversible certificada de acuerdo con las formalidades previstas en el artículo 5º de la presente ley, no haya expresado su voluntad conforme al artículo 2º de la presente ley y se encuentre incapacitado de expresarla, la suspensión de los tratamientos o procedimientos será una decisión del cónyuge o concubino o, en su defecto, de los familiares en primer grado de consanguinidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8º de la presente ley".
El comunicado comenta que a esto hay que agregar "el hecho de que esa decisión de los familiares no ha constar por escrito en parte alguna, por lo que dice el proyecto de ley, lo cual aumenta la falta de garantías jurídicas. Incluso la referencia al ‘concubino' introduce un elemento que, en la mayoría de los casos, es de imposible certificación".
Por lo que toca a la "voluntad anticipada" en sí misma, se determina en el artícula 1: "Toda persona mayor de edad y psíquicamente apta, en forma voluntaria, consciente y libre, tiene derecho a oponerse a la aplicación de tratamientos y procedimientos médicos salvo que con ello afecte o pueda afectar la salud de terceros. Del mismo modo, tiene derecho de expresar anticipadamente su voluntad en el sentido de oponerse a la futura aplicación de tratamientos y procedimientos médicos que prolonguen su vida en detrimento de la calidad de la misma, si se encontrare enferma de una patología terminal, incurable e irreversible".
Esta "voluntad anticipada", indica el comunicado, "es inútil y peligrosa. Inútil, si el paciente está en condiciones de decidir y comunicar su decisión en el momento en que se le deben aplicar los tratamientos. Peligrosa, si no está en condiciones de hacerlo, pues queda atado a una decisión que tomó un tiempo atrás, en otra situación diferente, cuando no se veía en la situación difícil en que se encuentra ahora. En realidad, con la ‘voluntad anticipada' el paciente firma un ‘cheque en blanco' a futuro sobre su propia vida".
En realidad, sigue el comunicado, "no tiene sentido que el paciente exija por escrito que no se le apliquen medios terapéuticos desproporcionados, o sea, que no se practique con él el ‘ensañamiento terapéutico'. Eso es parte de la ética médica y de la buena praxis.
Para eso están los tribunales de ética médica y las disposiciones correspondientes del Código Penal. Y en cuanto a los medios terapéuticos proporcionados, pedir que no se le apliquen es pedir que le practiquen la eutanasia, lo cual no puede ser obedecido por ningún médico, porque nadie tiene derecho de pedir a otro que lo mate, sea por acción, sea por omisión".
Si miramos la realidad concreta, añade, "es mayor hoy día el peligro de la eutanasia que el del ‘ensañamiento terapéutico'. La mentalidad economicista fácilmente ve en el paciente que requiere medios especiales para su curación, un estorbo y un gasto innecesario. Los familiares, lamentablemente, muchas veces, también, dan la bienvenida a una 'solución' que no es tal, como nunca lo es el homicidio".
En este contexto --concluye el Instituto Arquidiocesano de Bioética--, "un proyecto de ley como éste, que sólo parece preocupado por el ‘ensañamiento terapéutico', y que no dibuja claramente los límites que separan su rechazo de la aceptación de la eutanasia, es muy peligroso y altamente inconveniente para nuestra sociedad".

No hay comentarios.:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...