Si desea recibir nuestro boletín semanal y novedades por correo electrónico, envíenos un correo a familias-por-la-familia@speedy.com.ar con la palabra "SUSCRIBE" en el asunto del mensaje.

miércoles, 20 de abril de 2011

Recordando el caso Morín - forumlibertas.com

Por Juan Francisco Jiménez Jacinto

El doctor tiene abierto un proceso que le acusa de realizar 115 abortos presuntamente ilegales, de los cuales 15 se realizaron a inmaduros que habrían sido viables fuera del seno materno.

Parece que el final del túnel se acerca y que el Tribunal Constitucional (TC) se manifestará en breve sobre la constitucionalidad de la Ley del Aborto que aprobó el Gobierno socialista en la presente legislatura. El fallo resolverá el aspecto que atañe a cuándo los abortos realizados serán ilegales, con casi toda probabilidad el límite que se pondrá será el de las 14 semanas como dicta la actual Ley.
Este aspecto importa y mucho para el proceso abierto al doctor Carlos Morín y sus colaboradores, que están sumergido en una causa judicial después de que se le imputaran diversos delitos por presuntamente abortar fetos fuera de los límites establecidos por la Ley.
Morín y sus colaboradores serán juzgados, como sucede en la ley española, por la interpretación más favorable que ofrece la Ley a un delito, y esa interpretación será previsiblemente la de la actual Ley de las 14 semanas si el TC se manifiesta como se prevé. Por lo tanto, serán descontados de las imputaciones todos los abortos realizados de menos de catorce semanas que con la anterior Ley eran contemplados como delito.
Bajo esos parámetros el Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona admitió a trámite un total de 115 abortos presuntamente ilegales a los que tendrá que hacer frente el doctor Morín y el resto de implicados.

DISTRIBUCIÓN DE LOS PRESUNTOS ABORTOS ILEGALES
IMPUTADOS A MORÍN

Abortos de 15 a 20 semanas
Abortos de 20 a 24 semanas
Abortos de 24 semanas y más*

TOTAL

28

72

15

115


* Abortos realizados a inmaduros con viabilidad fuera del seno materno

Los abortos que se le imputan a Morín suman 115 con la nueva legislación. De estos hay 15 que se realizaron con más de 24 semanas de gestación: hay dos de 26 semanas, cuatro de 27, dos de 28, uno de 29, uno de 30 semanas y uno de 32 semanas, es decir, 8 meses de embarazo.
Cabe recordar que a partir de la semana 24 el feto recibe el nombre de ‘inmaduro’, lo cual significa que tendría viabilidad fuera del vientre de la madre. Por ello, cabe también tener en cuenta la importancia de la legislación que se aplican a los presuntos delitos, lo cual depende del país donde se hayan realizado. Por ejemplo, en Holanda, un país nada sospechoso de poseer una de las legislaciones más conservadoras de Europa, sino todo lo contrario, Morín y el resto de acusados tendrían que hacer frente a cargos por homicidio por infanticidio. En España, que posee una de las legislaciones más avanzadas y permisivas en materia de aborto del mundo, se juzgan estos casos como un delito de aborto.
La impunidad de las clínicas
Otro aspecto que hay que seguir teniendo en cuenta es que las clínicas siguen sin estar controladas por agentes públicos como sucedía en la época en que Morín realizaba los presuntos abortos ilegales por los que está encausado. Por lo tanto, el tipo de delitos que presuntamente realizó Morín pueden seguir reproduciéndose con absoluta impunidad porque no hay ningún tipo de control.
El caso Morín pone de relieve una vez más que la legislación actual no protege en absoluto de las atrocidades que algunas clínicas pueden realizar porque ofrece mayor permisividad a los abortorios y mantiene elstatus quo de su actividad.
Otro aspecto que revela el caso Morín es que no hay gradación penal en el aborto. Sorprende que de la misma manera que la ley asume como excepcionales los abortos realizados antes de las 14 semanas, tenga el mismo trato un inmaduro que ya tiene viabilidad fuera del sí materno y el que todavía no lo tenga.
Los abortistas, en el fondo, lo que legislan se dirige a dotar de mayor impunidad a las clínicas. El mantenimiento de esta ley es consagrar esta impunidad, y aunque el Tribunal Constitucional ha de actuar desde el punto de vista del rigor jurídico, del mismo modo, ha de contemplar qué realidad se mueve en España.


No hay comentarios.:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...