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sábado, 6 de septiembre de 2008

Argentina, Entre Ríos: Reforma Constitucional: Triunfó la familia!!! - Notivida Nº 545

Los convencionales rechazaron, por 18 a votos favor y 25 en contra, la inclusión de la uniones civiles en la Constitución provincial. Dirigentes de la Comunidad Homosexual Argentina y de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, viajaron desde Buenos Aires para presenciar el debate. Las familias entrerrianas celebraron en las barras.
Hicieron discurso en contra de la inclusión de la cláusula: Zulema Schoenfeld, Miguel Carlín, Juan Carlos Erralde, Hermo Pesuto y Martín Acevedo Miño.
Felicitamos a los entrerrianos que se han movilizado para defender la familia y a los que, desde distintos lugares del país, los acompañaron; por este alentador y edificante ejemplo.

La votación
En contra:
Recrear: Acevedo Miño, Martín.
Coalición Cívica / Partido Socialista: Acharta, Emiliano.
Frente para la Victoria: Allende, José; Almada, Juan Carlos; Báez, Fernando; Busti, Jorge; Caramelle, Eda; Carlín, Miguel; Chiesa, Manuela; Cresto, Juan Carlos; Díaz, Gustavo; Gastaldi, Laura; Heyde, Mario; Kunath, Sigrid; Márquez, Luis; Martínez, Guillermo; Motta, Héctor; Romero, Rosario; y Schoenfeld, Zulema
UCR: Arralde, Juan Carlos; Cepeda, Silvina y Guy Raúl
Alianza Viva Entre Ríos: Martínez, Marciano; Pasqualini, Flavia y Pesuto, Hermo.

A favor:
Coalición Cívica / Partido Socialista: De La Cruz de Zabal, Adriana; Díaz, Carlos; Gianfelici, Darío; Haiek, María Marcela; Reggiardo, Santiago; Schvartzman, Américo y Zabala, Gregorio.
Frente para la Victoria: Barrandeguy, Raúl; Calza, Nelio; Federik, Julio; Pérez, María Celeste y Taleb, Raúl.
UCR: Allende de López, Alba; De Paoli, Griselda; Monge, Jorge; Rogel, Fabián y Villaverde, Rubén.
Alianza Viva Entre Ríos: Alasino, Augusto.

Abstención
Luis Brasesco (UCR)

viernes, 5 de septiembre de 2008

Argentina, Entre Ríos: Reforma Constitucional: Categórico rechazo a las uniones civiles - Notivida Nº 544

En el día de ayer y con la firma de Mons. Mario Maulión, Arzobispo de Paraná; del Pastor Ricardo Díaz, Presidente de Federación de Consejos de Pastores de Entre Ríos; del Pastor Ramón Sale, Subdirector de Cultos y Colectividades de la Municipalidad de Paraná y del Pastor Kucharenko, Presidente de Consejo de Pastores de Paraná; distintas instituciones religiosas hicieron público su rechazo al proyecto sobre “uniones civiles” que trataría esta tarde la Convención Constituyente.
El proyecto de reforma, afirman: “ofende la moral pública de millones de familias argentinas que han enseñado y quieren seguir enseñando a sus hijos que la unión matrimonial tiene como fundamento la unión libre y permanente de un varón y una mujer. Lo que "se puede descubrir a partir de los elementos biológicos y antropológicos por la fuerza de la razón".
Respecto a la convivencia de personas del mismo sexo puntualizan: “Otorgarle legalidad perjudicará sin duda de una manera netamente negativa a la familia argentina” (.) “Constituye una grave injusticia sacrificar el bien común y el derecho de la familia con el fin de obtener bienes que pueden y deben ser garantizados por vías que no dañen a la generalidad del cuerpo social”.
A continuación el texto completo del comunicado:

¿UNION CIVIL DEL MISMO SEXO EN LA CONSTITUCIÓN ENTRERRIANA?
“El Estado reconoce a las personas el derecho a unirse libremente con independencia de su sexo u orientación sexual, en una relación de afectividad estable y pública, con tratamiento normativo equivalente al de los cónyuges. La inscripción legal de dichas uniones será formalizado en las oficinas del Registro del Estado Civil de las Personas, en la forma que lo establezca la ley”.
Con este enunciado algunos convencionales proponen que en la Constitución de la Provincia de Entre Ríos se incorpore la unión civil o de parejas del mismo sexo. Nos encontramos ante un intento de hacer que cualquier tipo de unión, incluso entre personas del mismo sexo, sea jurídicamente equivalente al matrimonio, que es una unión estable de un varón y una mujer.
Como varones y mujeres cristianos rechazamos este intento de oficializar lo que nuestra constitución nacional también rechaza en el enunciado del articulo 19 cuando dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.

Este proyecto lo consideramos anticonstitucional por las siguientes razones:
1. En primer lugar es claro que ofende la moral pública de millones de familias argentinas que han enseñado y quieren seguir enseñando a sus hijos que la unión matrimonial tiene como fundamento la unión libre y permanente de un varón y una mujer. Esto es patrimonio no sólo de los creyentes sino de una gran parte de nuestra nación argentina. No se trata de un dato exclusivamente religioso. Se puede descubrir a partir de los elementos biológicos y antropológicos por la fuerza de la razón.
Sólo la unión estable de un varón y una mujer está en condiciones de asegurar adecuadamente la procreación y la supervivencia de una sociedad humana. De ahí que equiparar cualquier otro tipo de unión significa ir en desmedro de la importancia fundamental de la institución matrimonial y familiar.
2. En segundo lugar, también es claro que perjudican a un tercero, ya que a partir de determinar la legalidad de este tipo de uniones se pone un fuerte condicionamiento a la educación que muchos padres quieren impartir a sus hijos en el seno de la familia, haciendo esta tarea propia de los padres muy difícil y complicada. La libertad de unirse o no con seres del mismo sexo siempre se ha ejercido como hecho o fenómeno privado, aunque la gran mayoría de las familias argentinas no compartan esto. Consideramos que otorgarle legalidad perjudicará sin duda de una manera netamente negativa a la familia argentina.
3. Convivir con personas del mismo sexo u orientación sexual, como se dice, cabe dentro de lo que el articulo de la constitución nacional garantiza diciendo: “las acciones privadas de los hombres...” De hecho hay muchas otras acciones privadas de los hombres que también ocurren dentro de esa libertad y que se resiste a aprobar, pero que están a la puerta de cada hogar, golpeando para poder entrar y hacerse espacio como un valor socialmente aceptado, para luego exigir legalidad. En este caso no es sólo la religión cristiana la responsable de propiciar la normativa para una sociedad mas sana, sino también lo son las autoridades que esta sociedad ha escogido.
4. No se puede aducir que legalizar este tipo de uniones es necesario para evitar que los convivientes pierdan el efectivo reconocimiento de los derechos comunes que tienen en cuanto personas y ciudadanos. Como todos los ciudadanos, pueden recurrir al derecho común para obtener la tutela de situaciones jurídicas de interés recíproco. Constituye una grave injusticia sacrificar el bien común y el derecho de la familia con el fin de obtener bienes que pueden y deben ser garantizados por vías que no dañen a la generalidad del cuerpo social.
5. Finalmente afirmamos que: No juzgamos a las personas aunque no la compartimos ni aprobamos las conductas incoherentes o contrarias a la naturaleza humana, como no compartimos el robo, el asesinato, la mentira, etc., ni tampoco los discriminamos sino que como pastores abrimos las puertas de nuestro templos para ayudar a toda persona, que quiera ser ayudada, a hallar un camino mas excelente, que para los cristianos es el que es alumbrado por las enseñanzas de la palabra de Dios, la Biblia.

Firman las siguientes instituciones:
Asociación Cristiana de Iglesias Evangélicas de la República Argentina; Arzobispado de Paraná; Unión de las Asambleas de Dios; Federación Argentina de Iglesias Evangélicas; Convención Evangélica Bautista Argentina; Federación de Consejos Pastorales Evangélicos de Entre Ríos y el Consejo de Pastores de Paraná.

Pastor Lic. Ricardo Díaz, Presidente de Federación de Consejos de Pastores de Entre Ríos, Pastor Ramón Sale, Subdirector de Cultos y Colectividades de la Municipalidad de Paraná, Pastor Kucharenko, Presidente de Consejo de Pastores de Paraná y Mons. Mario Maulión, Arzobispo de Paraná

sábado, 30 de agosto de 2008

Entre Ríos, Argentina: Reforma constitucional: Aprobaron "Derechos sexuales y reproductivos" - Notivida Nº 539

Por Mónica del Río
Los convencionales garantizaron “derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos básicos”. La próxima semana podrían legalizar las uniones homosexuales.
Desde el mes de abril, miles y miles de mails le llegaron a los convencionales solicitándoles: que garanticen el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural, y que no incluyan “derechos sexuales y reproductivos”. Esta semana, Dios mediante, les pediremos que rechacen las uniones homosexuales.
En conocimiento de que, inexplicablemente, los convencionales entrerrianos en su mayoría “católicos”, han concluido que los mails son "más papistas que el Papa” y “que la Iglesia no dice eso”; les ofrecemos como fuente los "principios que no son negociables para la Iglesia en la vida pública", enunciados por el Santo Padre, en marzo del 2006, ante un grupo de europarlamentarios:
- la protección de la vida en todas sus fases, desde el primer momento de su concepción hasta su muerte natural;
- el reconocimiento y promoción de la estructura natural de la familia, como una unión entre un hombre y una mujer basada en el matrimonio, y su defensa ante los intentos de hacer que sea jurídicamente equivalente a formas radicalmente diferentes de unión que en realidad la dañan y contribuyen a su desestabilización, oscureciendo su carácter particular y su papel social insustituible;
- la protección del derecho de los padres a educar a sus hijos.
Uniones homosexuales
La comisión de Nuevos Derechos de la Convención Constituyente emitió, el 27 de agosto, un despacho que permitiría la unión legal de homosexuales y que podría ser tratado por el plenario la próxima semana.
El dictamen unificó los proyectos de reforma 905 de los convencionales Américo Schvartzman, Carlos Díaz, Santiago Reggiardo y Darío Gianfelici, todos del bloque que conforman la Coalición Cívica y el Partido Socialista; y el 1079 de los radicales Fabián Rogel, Jorge Monge, Alba Allende de López, Griselda de Paoli y Rubén Villaverde.
Dice el dictamen de la Comisión: “El Estado reconoce el derecho a unirse libremente a las personas capaces, mayores de edad, que acrediten convivencia en pareja de un año, con domicilio legal en Entre Ríos, salvo que entre ellos haya descendencia en común. La inscripción de dichas uniones será formalizada en el Registro que se habilitará a tal efecto. Los otorgantes tendrán recíprocamente los beneficios de la seguridad y la previsión social en las mismas condiciones que los cónyuges”.
Para rechazar la legalización de las uniones homosexuales pulse aquí
O ingrese en:
http://www.notivida.com.ar/emails/AlertaCER.html

“Derechos sexuales y reproductivos”
El 28 de agosto la Constituyente acordó por unanimidad incluir en la constitución reformada los “derechos sexuales y reproductivos (anticoncepción, aborto, esterilización y homosexualidad) como derechos humanos básicos”.
Texto aprobado:
"Todos los habitantes de Entre Ríos gozan de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos básicos. La Provincia asegura mediante políticas públicas el acceso de la población a información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y la procreación responsable. La educación sexual se impartirá de manera continua en todos los niveles de la educación formal y no formal. El Estado en todos sus ámbitos de actuación protege a la mujer embarazada".

El debate
Celeste Pérez (FpV): “Es un proyecto para que los entrerrianos, reales y concretos, tengan pautas de planificación familiar”.
Alba Allende de López (UCR): “Los derechos sexuales son derechos fundamentales (.) Es necesario desafiar estructuras opresoras (.) Corremos con el peso de una tradición cultural que asimila la condición de mujer con la de madre, pero ser mujer es ser mujer y ser madre es una elección”.
Américo Schvartzman (PS): “Los derechos sexuales son pilares de los derechos humanos en tanto que son la autonomía reproductiva y la autodeterminación de las personas en el ejercicio de la sexualidad”.
Griselda de Paoli (UCR): “Es un texto breve, pero gigante en orden a su proyección futura”. Hizo hincapié en las condiciones necesarias para un parto humanizado.
Adriana de la Cruz de Zabal (CC): Mencionó la maternidad adolescente y “la violencia sobre el cuerpo de las mujeres”. Parafraseó a Carrió, se definió como católica y afirmó que “la obediencia a Dios es fundamentalmente la libertad”.
Flavia Pasqualini (Alianza Viva Entre Ríos): “Este despacho tiene que contextualizarse con el que garantiza la salud desde la concepción para que no queden dudas del ámbito en que deben darse: la salud sexual, la procreación responsable y la educación sexual”. Aseguró que para preservar la libertad de convicciones, la educación sexual debe respetar los idearios institucionales.

domingo, 24 de agosto de 2008

Argentina, Entre Ríos: Reforma constitucional: se aprobó derecho a la vida "desde la concepción y hasta la muerte digna"

Por Mónica del Río
A pesar de la redacción, que no es la más deseable, los convencionales dejaron asentado en actas –en previsión de las leyes que la nueva constitución inspire- el sentido que la Constituyente le ha querido dar a la expresión ‘muerte digna’, rechazando expresamente que se equipare a eutanasia.
En el día de ayer el plenario de los convencionales aprobó el dictamen sobre derecho a la vida, que pasó a la comisión revisora y redactora.
Dice el dictamen aprobado por unanimidad:

“La Provincia reconoce y garantiza a las personas el derecho a la vida y, en general, desde la concepción hasta la muerte digna. Nadie puede ser privado de ella arbitrariamente.
La dignidad y la integridad psicofísica y moral de la persona son inviolables; su respeto y protección es deber especial de los Poderes Públicos y de la Comunidad.”
La semana entrante podrían debatirse los “derechos sexuales y reproductivos” (anticoncepción, esterilización voluntaria, homosexualidad y aborto).
Para rechazar “derechos sexuales y reproductivos
pulse aquí
O ingrese en:
http://www.notivida.com.ar/emails/AlertaCER.html
El debate
Jorge Salomón (FpV): “El Derecho a la vida pertenece al ser humano como tal, no lo crea la ley, ni el estado, ni la misma constitución. Sólo lo reconocen porque es anterior al mismo estado”. Mencionó que el derecho a la vida está garantizado por el Código Civil, tratados internacionales de jerarquía constitucional y la mayoría de las constituciones provinciales. Y exclamó: ¡cuántos años tardamos en incluir en la carta magna provincial lo que el Dr. Vélez Sarsfield puso en el Código Civil en 1869!
Hermo Pesuto (Alianza Viva Entre Ríos): “El Derecho a la vida, es un derecho milenario, es el primero y más elemental de los derechos humanos, sin su respeto no pueden darse los demás derechos. El hombre es el eje y el centro de todo el sistema jurídico. Y en tanto fin en sí mismo, más allá de su naturaleza trascendente, su persona es inviolable con valor fundamental. Por eso, su tutela legal tiene que comenzar en la concepción, esa protección se acentúa mucho más teniendo en cuenta la indefensión de la persona por su minoridad o por no haber nacido (.) Me reconforta la inclusión de la ‘muerte digna’”.
Juan Carlos Arralde (UCR): “Este no es un tema religioso, sino de patente humanidad. La vida es el presupuesto condicionante de las otras libertades. No hay bienes de igual dignidad o jerarquía que no sea la vida misma. No podrían serlo los intereses de los laboratorios que producen fármacos abortivos y que algunas autoridades, a veces, parecerían representar. Ni tampoco alguna ideología, a mí criterio extraviada, de un feminismo mal entendido. Ni las potencias del Norte que quieren exportar sus políticas demográficas. Inclusive algunas situaciones tan especiales y tan desgarradoras, y más que comprensibles, de la madre“.
“La Corte Suprema de Justicia tiene reconocida la calidad de sujeto de derecho del niño aún no nacido –sin condicionarlo a su nacimiento con vida-. Una vez salvada esta cuestión por el máximo intérprete de la Constitución Nacional no queda otra que reafirmar la protección del niño por nacer desde el mismo momento de la concepción hasta su nacimiento, para cuidarlo de cualquier manipulación agraviante o maniobra abortiva de cualquier naturaleza“.
“No estaría dado al estado no reconocer el Derecho a la vida, porque es preexistente a toda ley positiva y, más aún, al mismo estado. Pero lo tenemos que garantizar y proteger traduciéndolo en leyes que implementen medidas de acción positiva: desde currículas educativas que eduquen desde los valores, desde los programas públicos de salud, desde las campañas de educación e información, e, inclusive, desde el compromiso que debieran asumir los empleados y funcionarios que quieran ingresar al estado vía concurso público y una vez sometido al acuerdo senatorial en aquellos nombramientos que requieran la designación compleja. ¿Cómo podemos garantizar el Derecho a la vida, si no asumimos a la par el compromiso estatal de su protección? “
“Hubiéramos preferido alguna mejora en el texto que estamos por aprobar“.
“¿Por qué hemos de soslayar una fórmula garantista para defender el más importante de los derechos humanos, cuando así hemos actuado con otros derechos humanos? De todos modos, esto es mejor que nada, celebro que el consenso haya permitido reafirmar que en Entre Ríos la vida existe y será protegida desde su concepción“.
Arralde finalizó destacando “una paradoja del Siglo XX”: por un lado, la afirmación de los derechos humanos alcanzó nivel planetario y por otro lado, nunca la muerte de personas inocentes había sido prodigada en la historia con tanta desaprensión. Esta suerte de ‘humanicidio cósmico’ no hubiera sido posible si los hombres no hubieran extraviado la genuina visión del derecho que heredamos de los griegos, de los romanos, de los judíos y de los cristianos; y si no se hubiera extendido, hasta límites apocalípticos, el pecado de soberbia del hombre, que pretende erigirse en supremo y absoluto creador de normas negadoras de Dios y del Orden Natural.
Santiago Reggiardo (PS): “El Derecho a la vida es le derecho primigenio, fundante de todos los derechos, su respeto permite continuar esta aventura de la humanidad (.) Los límites del Derecho a la vida tienen que ser cada vez más restrictivos”.
Silvina Cepeda (UCR): sólo se refirió a “muerte diga” porque “es un concepto con dualidad de interpretaciones” y quiso dejar asentado el sentido que le han querido dar lo convencionales a la expresión, que puede ser generadora de futuras leyes. Los convencionales –afirmó Cepeda- se oponen al encarnizamiento terapéutico (distanasia) y a la eutanasia. Entienden como ‘muerte digna’ “las acciones destinadas a acompañar el proceso natural de la muerte. Respetar el proceso natural de la muerte y la dignidad de la persona –dijo la convencional- es ortotanasia, y es ese el concepto que inspiró a los convencionales”. Descartando, expresamente, la distanasia y la eutanasia. Habló finalmente de los cuidados paliativos, asegurando que son “el camino que en Entre Ríos va a tomar esta etapa de la vida”.
Martín Acevedo Miño (Recrear): “avanzan sobre los derechos humanos pretendiendo dar más realce y protección, a veces, a unos a que a otros; según las circunstancias que se presentan. Nos alzamos contra esa posición y celebramos que, finalmente, el despacho acordado modificara las posturas que se oponían a una consagración del derecho a la vida desde la concepción. Nosotros entendemos que la larga lucha de la humanidad toda, por el reconocimiento de los derechos del hombre, exigen su respeto in totum. El cumplimiento de las previsiones del Pacto de San José de Costa rica no es opcional, no queda librado a la voluntad o discreción de los estados parte y/o de sus ciudadanos Los derechos humanos exigen un respeto total sin que puedan escindirse unos de otros, porque conforman un sistema de protección integral, encontrándose en el centro de este sistema, como eje del mismo, el reconocimiento de la dignidad humana y la protección de la vida como bien jurídico por antonomasia, principio y fin de todo el ordenamiento jurídico”.
Acevedo Miño celebró el reconocimiento del derecho a la vida desde la concepción y la interpretación que los convencionales acordaron sobre ‘muerte digna’. “Hacemos referencia a la ‘muerte digna’, afirmó, como un sinónimo de muerte natural, sin por ello habilitar la eutanasia o el otro extremo, el encarnizamiento terapéutico”.
Luis Brasesco (UCR): “el Derecho a la vida está consagrado en el derecho positivo argentino. Desde el Código Civil, hasta la Convención Internacional del Niño, reserva que hicimos en el Senado de la Nación, a propuesta del convencional que habla, y que fue insertada dentro de los tratados internacionales signados por nuestro país, en la Constituyente del 94, prácticamente por unanimidad. También el despacho habla de ‘muerte digna’, y, para el que habla, ‘muerte digna’ es la que se produce con la debida y adecuada asistencia: médica, familiar, amistosa y espiritual (.) He querido dejar constancia con estas pocas palabras, porque consideré que era una obligación, que el convencional Brasesco, del 2008 en Entre Ríos, ratifique lo que dijo, como senador de la Nación, al plantear la reserva de la Convención Internacional del Niño”.
Raúl Barrandeguy (FpV): habló de Evita y de los “mártires de Trelew” pero sobre el tema en debate afirmó: “es sagrada para el hombre la vida del hombre (.) Declarar y asumir, con un compromiso de vida militante, la protección integral de la vida del hombre requiere resolver dos problemas, que nuestro texto resuelve con eficiencia: ¿cuándo empieza la vida? y ¿cuándo termina la vida?”
Tras resaltar que para responder a lo primero utilizaron la redacción del art. 4 de Pacto de San José de Costa Rica, enfatizó “una vida digna tiene que ser coronada con una muerte digna que es exactamente lo que la convencional Cepeda indicó”.

sábado, 16 de agosto de 2008

Argentina, Entre Ríos: Reforma constitucional: derecho a la salud desde la concepción - Notivida Nº 531

En la tarde de ayer el plenario de los convencionales aprobó por unanimidad el dictamen referido al derecho a la salud, que pasó a la comisión redactora.
El art 1º del dictamen dice: El Estado Provincial reconoce la salud como derecho humano fundamental de las personas, y garantiza la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, incluyendo el control de los riesgos biológicos y socio ambientales de todas las personas desde su concepción, para prevenir la posibilidad de enfermedad o muerte por causas que se pueden evitar.
El convencional Hermo Pesuto, de la Alianza Viva Entre Ríos, celebró en su discurso el reconocimiento del niño por nacer, tal como pedía el proyecto que presentó junto a Marciano Martínez (548), y el de los radicales Alba Allende de López y Rubén Villaverde (329). El dictamen unificó alrededor de 15 proyectos, y no dudamos que para la inclusión de la salud del nonato, fue decisoria la movilización de los entrerrianos y los miles de mails llegados desde todo el país.
Si bien el panorama ha mejorado considerablemente, siguen pendientes de dictamen los expedientes sobre derecho a la vida y “derechos sexuales y reproductivos” que volvieron a comisión hace un par de semanas (Vid Notivida 526).
Seguimos, por lo tanto, solicitándole a las autoridades de la Convención que garanticen el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural, para hacerlo pulse aquí
O ingrese en:
http://www.notivida.com.ar/emails/AlertaCER.html
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