Por Cristina Gutierrez
NUEVA YORK, 5 de agosto 2011 (C-FAM) – Gobiernos occidentales presionan a países latinoamericanos para que liberalicen sus leyes de aborto sirviéndose de un nuevo mecanismo de derechos humanos de la ONU denominado Revisión Periódica Universal (UPR, por sus siglas en inglés).
El Salvador, Costa Rica, Chile, Brasil, Bolivia, Belice y Argentina se encuentran entre los principales países recientemente sometidos a presiones a través del UPR, mientras las naciones europeas recomiendan que estos enmienden sus leyes en materia de “derechos” de aborto y de anticoncepción.
El UPR supone un diálogo interactivo entre las delegaciones de diversos estados acerca de las problemáticas de derechos humanos en un determinado país, lo cual, en ciertas ocasiones, conduce a que las delegaciones sugieran de forma directa que un Estado soberano modifique las leyes nacionales para acatar sus recomendaciones.
En los últimos tres años, muchos países europeos se centraron principalmente en los latinoamericanos. Al parecer, la principal inquietud gravita en torno a cuestiones polémicas sobre salud sexual y reproductiva que los europeos consideran como derechos, y a la interpretación de estos para que incluyan el aborto. Presionando a los países para que incorporen su creencia de que el aborto es un derecho humano internacional, constantemente sostienen que no brindar acceso al aborto de acuerdo con sus leyes nacionales constituye una violación de la legislación internacional de derechos humanos.
Poco tiempo atrás, Luxemburgo instó a El Salvador a “mejorar el acceso de las mujeres a los derechos y a los servicios de salud sexual y reproductiva”, mientras que el Reino Unido exigió que Costa Rica “…brinde a las mujeres información adecuada sobre cómo acceder [a los servicios] y a la atención sanitaria, incluso al aborto permitido”. Por su parte, Suecia recomendó que Chile promoviera los “esfuerzos para garantizar que las leyes de aborto concuerden con las obligaciones chilenas en materia de derechos humanos”.
No obstante, estas afirmaciones carecen de sustento en el derecho internacional, ya sea por tratados o costumbres. Piero Tozzi, asesor jurídico senior del Alliance Defense Fund, dijo a Friday Fax: “No existe ningún ‘derecho’ al aborto en el derecho internacional. De acuerdo con los tratados internacionales y las normas consuetudinarias, las naciones pueden (y deben) proteger al niño por nacer. Los organismos de la ONU y actores externos sobrepasan extremadamente sus competencias cuando demandan que las naciones soberanas modifiquen sus leyes nacionales que protegen a los no nacidos, y los estados deberían rechazar rotundamente tales reclamos injustificados”.
En parte a causa de la fuerte presión económica de los países occidentales que condiciona la asistencia al desarrollo en lo social, algunos países latinoamericanos se vieron obligados a dar respuesta a las recomendaciones efectuadas por los países europeos. El Salvador declaró que el Gobierno “promoverá un diálogo amplio y participativo… sobre el derecho de las mujeres a la salud reproductiva y sobre las implicaciones de las leyes restrictivas del aborto”, y Belice dijo que tomará “mayores medidas concretas para mejorar el acceso de las mujeres a los servicios sexuales y reproductivos, entre otros, recomendados por la CEDAW”.
La Revisión Periódica Universal, creada en marzo de 2006 mediante la Resolución 60/251 de la Asamblea General, es un procedimiento que se realiza cada cuatro años para supervisar y seguir de cerca las problemáticas de derechos humanos en los 192 Estados Miembros de la ONU. Según este mecanismo, se solicita a cada Estado que informe sobre las medidas tomadas dentro de sus fronteras para mejorar los asuntos de derechos humanos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario