Carta abierta a Senadoras y Senadores de Argentina
Por profesionales de Universidad de Cambridge*
Escribimos como científicos sociales, con la única intención de aportar argumentos científicos que ayuden a comprender la cuestión del matrimonio civil entre parejas del mismo sexo como una cuestión de igualdad legal, de ciudadanía y respecto a los derechos humanos.
Respetamos en todo momento las opiniones morales y religiosas de los ciudadanos Argentinos y también, cómo no, las de sus representantes democráticos. No obstante, la experiencia de un número creciente de democracias revela los enormes beneficios que se obtienen al extender la ciudadanía a todos los grupos y minorías sociales. Los estudios sociológicos, politológicos y legales sobre las reclamaciones de este colectivo revelan que un buen número de democracias, principalmente en Europa pero también en otros países como lo demuestran los recientes avances en Sudáfrica y en México, han acabado aceptando de buen grado el reconocimiento de los derechos de las personas LGTB como derechos humanos.
Los representantes políticos entienden que el reconocimiento de los derechos civiles de estas personas es un requisito indispensable para la consecución de la ciudadanía plena. A este punto se ha llegado tras superar determinadas visiones que tachaban a las personas LGTB de desviadas o patológicamente enfermas. Y este tipo de derechos se ha hecho sin lesión alguna a los derechos civiles y democráticos del resto de la ciudadanía.
Todos los indicios señalan que el camino a seguir por las sociedades democráticas apuntará a mayores niveles de liberalización, de apertura de espacios de tolerancia y de aumento de respeto a los derechos humanos de los miembros de la comunidad LGTB. Por ejemplo, un estudio de 86 países sobre las políticas de regulación de relaciones sexuales entre personas del mismo sexo entre 1984 y 1995 descubrió que, en tan sólo 11 años, más de un cuarto de los países (24) habían cambiado su política: casi todas en la misma dirección, hacia la liberalización. El estudio se publicó en 1999 en Social Forces, una de las revistas más prestigiosas de la sociología norteamericana (Frank y McEneany 1999). Una conclusión similar se extrajo del estudio de la socióloga escocesa Kelly Kollman, y publicado en 2007 en International Studies Quarterly, una revista de marcado prestigio en el estudio de las relaciones internacionales (Kollman 2007).
Asimismo, un estudio publicado este año en la Revista Española de Investigaciones Sociológicas (REIS) sobre las políticas públicas hacia las uniones homosexuales en Europa subraya los avances importantes en los últimos diez años hacia el reconocimiento de un derecho para parejas homosexuales a participar en un 'modelo familiar pleno', empezando por la legislación aprobada en los Países Bajos (2001), y continuando con leyes que apuestan por la igualdad real entre todos los tipos de familias, como las aprobadas en el Reino Unido (2005), España (2005), Bélgica (2006), Noruega (2009), Islandia (2010) o Portugal (2010) (Calvo 2010). La legalización de los matrimonios homosexuales en la ciudad de México ha gozado de una fenomenal y muy positiva cobertura por los medios de comunicación internacionales.
Las democracias mundiales están convergiendo hacia el reconocimiento de los derechos humanos de las personas LGTB, tanto en su vertiente individual (protección contra la discriminación) como en su vertiente colectiva (reconocimiento de los derechos de las parejas del mismo sexo). Y así lo rubrican también los estudios encargados por diferentes gobiernos e instituciones internacionales.
En un detallado y ambicioso estudio encargado por la Agencia Europea de Derechos Humanos se demuestra que las democracias occidentales han dado avances enormes en la protección de diversos grupos de derechos que son esenciales para la consideración de las personas LGTB como ciudadanos de pleno derecho (Fundamental Rights Agency 2008). Estos son: (1) el derecho a mantener relaciones sexuales con personas adultas del mismo sexo, siempre que sean mutuamente voluntarias; (2) el derecho de ser protegidos de los crímenes de odio; (3) el derecho de los inmigrantes homosexuales que piden asilo (huyendo de la persecución en su país de origen) y de los inmigrantes homosexuales que buscan estar juntos a su pareja; (4) el derecho de igualdad de acceso al empleo y a la vivienda; y (5) el derecho a formar familia.
En suma, lo que Ustedes, distinguidos representantes de la nación argentina, están debatiendo es un asunto de derechos humanos: el derecho a la igualdad plena, que incluye de manera indisoluble el derecho a formar una familia. El reconocimiento de este derecho a los miembros de la comunidad LGTB en Argentina significaría un paso más en la larga marcha hacia la plena ciudadanía, no sólo para los homosexuales, sino para toda la población en su conjunto. No son Ustedes desconocedores del sólido anclaje que encuentra la protección de la igualdad de las personas LGTB en la tradición Constitucional Argentina.
(...)
Nos consta que a lo largo del debate mediático y público en torno a esta proposición de ley se han circulado muchos argumentos en contra del reconocimiento pleno de los derechos de formar familia. Se ha afirmado que estos derechos constituyen un ataque a la familia y a la institución del matrimonio; en particular se ha especulado sobre los supuestos daños que habrían de sufrir los niños criados por padres homosexuales. Queremos insistir en que no existen estudios ni evidencia de ningún tipo que avalen tales catastrofistas predicciones.
Más bien todos lo contrario: en vez de atacar a la familia y al matrimonio, el ejercicio por nuevos colectivos del derecho a formar familias a partir de la institución matrimonial civil refuerza y dota de nueva vigencia social a la institución. Los avances hacia el reconocimiento pleno del derecho de las parejas homosexuales de formar familia en Europa y Estados Unidos han permitido a la comunidad científica investigar si los niños criados en familias con padres homosexuales sufren algún tipo de perjuicio. Como se constata un estudio publicado en la revista Current Directions in Psychological Science, y tras más de dos décadas de investigación, no se han podido descubrir diferencias significativas en el desarrollo de los niños o adolescentes criados por parejas del mismo sexo comparado con los criados con parejas heterosexuales (Patterson 2006).
Algo parecido constata otro estudio publicado en la revista más importante de la sociología norteamericana, American Sociological Review, según el cuál 'la vasta mayoría de las investigaciones en psicología concluyen que no hay diferencias de resultados en cuanto al desarrollo de los niños criados por padres lesbigays y los criados por padres homosexuales' (Stacey y Biblartz 2001). De hecho, los resultados de los muchos estudios llevados a cabo por la comunidad científica sugieren que el desarrollo de los niños y adolescentes depende principalmente de la calidad de las relaciones entre los miembros de la familia, y no la orientación sexual de los padres (Patterson 2006).
(...)
Por lo tanto, los argumentos esgrimidos por los sectores opositores al reconocimiento del pleno derecho a los miembros de la comunidad LGTB de formar una familia que se basan en supuestos daños causados a niños criados por padres homosexuales carecen de cualquier fundamento científico. Muy al contrario, existe un consenso cada vez más amplio y consolidado entre la comunidad científica en afirmar que la orientación sexual de los padres no tiene ningún impacto significativo en el desarrollo de los niños y adolescentes.
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Este no es un asunto minoritario, que afecta a un pequeño grupo social. Las democracias representativas están aceptando que el respeto a los derechos humanos de las minorías sexuales es una cuestión que afecta de manera directa al prestigio, calidad y fortaleza del sistema político. Está en juego en buena medida la reputación de Argentina en el mundo.
*UNIVERSITY OF CAMBRIDGE, Faculty of Politics, Psychology, Sociology, and International Studies. Dr. Kerman Calvo Investigador García Pelayo Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid y Dr. Thomas Jeffrey Miley Lecturer of Political Sociology Department of Sociology The University of Cambridge.
Está carta ha sido suscrita por un importante número de investigadores internacionales: Dr. Jessica Almqvist Investigador Ramón y Cajal, Facultad de Derecho Universidad Autónoma de Madrid Dr. M. V. Lee Badgett Director, Center for Public Policy & Administration; Professor of Economics University of Massachusetts Amherst Research Director, Williams Institute on Sexual Orientation Law & Public Policy, UCLA School of Law Dr. Nandini Deo Assistant Professor of Political Science Lehigh University, Pennsylvania Dr Manali Desai Lecturer in Political Sociology Department of Sociology London School of Economics and Political Science Dr. Kenneth Dubin Departamento del Derecho Social Universidad Carlos III, Madrid Dr. Sebastián Etchemendy Assistant Professor Universidad de Torcuato Di Tella, Argentina Dr. Joshua Gamson Professor of Sociology University of San Francisco San Francisco, CA, USA Dr. Josip Glaurdic Junior Research Fellow in Political Science Clare College, The University of Cambridge Dr. John Jameson Gould Deputy Editor, The Atlantic Washington, D.C Dr. Lawrence P. King Reader of Political Economy Department of Sociology The University of Cambridge Dr. Willem Maas Jean Monnet Chair and Associate Professor of Political Science York University, Toronto Dr. Enric Martínez-Herrera Profesor de Ciencias Políticas Universitat de Pompeu Fabra, Barcelona Dr. Agustín José Menéndez Profesor Contratado Doctor Permanente de la Universidad de León Adjoint Researcher, Center for European Studies, University of Oslo Dr. Thomas B. Pepinsky Assistant Professor of Government Cornell University Dr. Mark J. Ratkus Coordinator of Internships & Co-ops Dept. of Economics La Salle University, Philadelphia, PA Dr. Rogers M. Smith Christopher H. Browne Distinguished Professor of Political Science University of Pennsylvania Dr. Sarah Song Assistant Professor of Law and Political Science The University of California, Berkeley Dr. Dorian Warren Assistant Professor, Department of Political Science and School of International & Public Affairs; Faculty Affiliate, Institute for Research in African-American Studies; and Faculty Fellow, Institute for Social and Economic Research and Policy Columbia University Dr. Yanina Welp Regional Director for Latin America Center for Research on Direct Democracy (C2D) University of Zurich, Switzerland
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