El delantero portugués considera que se basta el solo para educar y criar a su hijo, pero, ¿y el derecho del hijo a tener una madre?
En las últimas semanas, el jugador portugués Cristiano Ronaldo ha estado en el punto de mira de no pocospaparazzis de todo el mundo y ha ocupado las portadas de la prensa del corazón, y no sólo de ésa.
El motivo inmediato del asedio y de los titulares no ha sido su profesión como futbolista, el desempeño en la pasada copa del mundo o uno de sus frecuentes deslices amorosos, sino el anuncio –vía Internet– del nacimiento de su hijo.
El fuego de la noticia hubiera cedido pronto el paso a otras informaciones, de no ser por las circunstancias ‘especiales’ de la llegada al mundo del vástago del delantero del Real Madrid: el mismo Cristiano Ronaldo se haría cargo en exclusiva de su hijo.
Con una nota publicada el 7 de julio de 2010, el periódico británico The Sun ‘revelaba’ que Cristiano Ronaldo había pagado 16 millones de euros por el silencio de la madre de su primogénito. La suma, según The Sun, conllevó la renuncia por parte de la mujer a cualquier derecho sobre el niño.
No ha quedado claro, aunque diversos medios lo han querido dar por supuesto, si el jugador portugués acudió a la subrogación gestacional –vientre de alquiler– (a cuyo proceso sí recurrió en el pasado el cantante Ricky Martin para tener a sus gemelos), pero sí ha quedado nítidamente especificado que será Cristiano Ronaldo quien se encargará total y únicamente de su hijo (con la ayuda de su madre y su hermana).
El hijo, por tanto, entra dentro del proyecto personal del delantero madrileño quien considera que se basta el solo para educarlo y criarlo. Pero, ¿y el derecho del hijo a tener una madre?En 1959 la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño. El principio número 6 dice claramente que todo niño “deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre”.
El caso de Cristiano Ronaldo nos ayuda a recordar que no hay un derecho a tener un hijo pues ninguna persona es debida a otra como si fuese un bien instrumental. Por tanto, no existe un derecho a ‘tener’ un hijo a cualquier precio. Eso significaría ir contra su dignidad.
En otras palabras, un hijo no es un objeto de consumo y mucho menos un accesorio de moda. Y esta reflexión se puede aplicar no sólo a este caso sino a tantos otros que a fuerza de repetición empiezan a verse como ‘normales’. Lo normal, nunca se olvide, siempre es –o debería ser– lo moral. El deseo no es un criterio ético. Y condicionar a los niños a la orfandad a fuerza del deseo es, cuando menos, cuestionable.
Aún en el caso de que la situación arriba aludida no sea un caso de subrogación gestacional, no está de sobra recordar lo que al respecto dice Donum Vitae: “La subrogación de la maternidad representa un fracaso objetivo en la asunción de las obligaciones del amor maternal, de la fidelidad conyugal y de la maternidad responsable; ofende la dignidad y el derecho del niño a ser concebido, llevado en el vientre, traído al mundo y criado por sus propios padres; establece, para detrimento de las familias, una división entre los elementos físicos, psicológicos y morales que constituyen esas familias”.
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