Fuente: diariodecuyo.com.ar
La Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina, emitió
recientemente una declaración titulada "2011: El año de la vida", expresando que
"como pastores y ciudadanos, queremos reafirmar, en este camino del Bicentenario
y de modo especial durante el 2011, la necesidad imperiosa de priorizar en
nuestra patria el derecho a la vida en todas sus manifestaciones, poniendo
especial atención en los niños por nacer, como en nuestros hermanos que crecen
en la pobreza y marginalidad". Los obispos argentinos recordaron que tal "como
afirmamos en el documento "Hacia un Bicentenario en Justicia y Solidaridad",
cuando hablamos del don de la vida, regalo sagrado de Dios a los hombres, nos
referimos a la vida de cada persona en todas sus etapas, desde la concepción
hasta la muerte natural y en todas sus dimensiones: física, espiritual,
familiar, social, política y religiosa".
La CEA reiteró su llamado a
optar por la defensa de la vida porque "no podremos construir una Nación que nos
incluya a todos si no prevalece en nuestro proyecto de país el derecho primario
de toda persona sin excepción: el derecho a la vida desde la concepción". Para
ello pidieron proteger la vida de la madre embarazada y potenciar el vínculo
madre-hijo a fin de cuidar su calidad de vida hasta la muerte natural. "Debemos
encontrar caminos para cuidar la vida de la madre y del hijo por nacer, y así,
salvar a los dos", señalaron los prelados.
Con este objetivo, diputados
de distintos bloques han presentado recientemente el proyecto de ley de
"Protección integral de los derechos humanos de la mujer embarazada y de los
niños por nacer"(expte. 8516-D-2010), con la convicción de que es un deber
inexcusable de los cuerpos legislativos dictar leyes que tutelen los derechos
humanos básicos de todos, sin exclusiones de ninguna índole. Entre otras cosas,
el proyecto presentado en Diputados le garantiza al niño por nacer el "derecho
inalienable a la vida"; estipula una asignación especial para la mujer víctima
de una violación, desde la concepción y hasta que el hijo cumpla 18 años. Si la
mujer decidiera no tomar a su cargo la crianza y educación del niño, se
favorecerá su adopción o guarda y la asignación será percibida por la familia
adoptante o guardadora a partir del momento en el que se haga cargo del niño; en
los embarazos de riesgo, nacimientos prematuros y partos anticipados, el Estado
deberá brindar los medios que posibiliten proteger el derecho a la vida tanto
del niño como de la madre, haciéndose cargo de todos los costos que ello
demande; la mujer embarazada que no estuviera empleada o emancipada recibirá una
Asignación Universal por Hijo por Nacer equivalente a la fijada para los hijos
menores de edad, y todos los hospitales públicos deberán contar con un Centro de
Asistencia a la Mujer Embarazada, conformado por distintos especialistas y
trabajadores sociales, que deberán brindar atención directa durante las 24
horas.
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