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miércoles, 15 de diciembre de 2010

La UE se expone a su propio descrédito: se acerca el fallo del TEDH, que juzga la constitución pro vida irlandesa - forumlibertas.com

Por Juan Francisco Jiménez Jacinto

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitirá su sentencia sobre la constitución de Irlanda, que penaliza el aborto, después de que esta firmara el Tratado de Lisboa al recibir ‘garantías’ de la UE de que no se tocaría su Carta Magna.

Irlanda tiene una constitución pro vida que blinda la defensa de la vida en detrimento del aborto. Este hecho ha supuesto diferencias con el resto de estados miembros de la UE tal y como se teatralizó en el escenario del Tratado de Lisboa. Entonces costó sudor y lágrimas un encaje de Irlanda en el Tratado aunque finalmente se le garantizó que su constitución no se vería afectada. Ese punto sería poco después contradicho cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) decidió juzgar la defensa irlandesa de la vida humana desde el momento de la concepción. Ahora, se acerca el fallo.
La pregunta que se desprendía de la actuación del Tribunal Europeo es qué autoridad tiene el organismo para modificar la constitución de estados miembros que ya estaban estipuladas así en su momento de anexión a la Unión Europea (UE) y, además, habiendo sido ratificada por sus ciudadanos. Estos visos de intervencionismo colocan a la Unión Europea en una situación de desprestigio al engañar a uno de sus países integrantes.
Algunos medios han avanzado que este jueves, 16 de diciembre puede ser la fecha escogida por el Alto Tribunal para emitir su dictamen. Tres mujeres reclamaron al TEDH que la cláusula pro vida de la constitución irlandesa, mediante la cual se prohíbe el aborto excepto en unas pocas circunstancias, viola sus derechos humanos. Cada una de las mujeres, dos irlandesas y una lituana, residen en Irlanda, pero viajaron al Reino Unido para que se les practicaran abortos. Las tres alegaron que la ley pro vida irlandesa constituye una amenaza a su salud.
El caso de estas tres mujeres, llamado “caso ABC”, fue impulsado por la Asociación Irlandesa para la Planificación Familiar (Irish Family Planning Association), una entidad que promueve el aborto, en un esfuerzo por lograr la revocación de las leyes irlandesas pro-vida, que quedaron cimentadas mediante un referéndum en 1983.
El principal problema al que se enfrenta Irlanda es que a pesar de las promesas de no tocar su constitución, con la ratificación del Tratado de Lisboa de la Unión Europea, todas las decisiones judiciales del TEDH han pasado a ser vinculantes en todos los Estados miembros.
Irlanda es uno de los pocos Estados miembros de la Unión Europea que mantiene restricciones legales significativas con respecto al aborto, junto con Polonia y la pequeña isla en el Mediterráneo de Malta.
Los grupos pro vida irlandeses se revelan
“El tribunal tiene que reconocer el derecho a la vida de los más débiles y vulnerables miembros de la familia humana, si es que quiere retener alguna credibilidad de su defensa del más fundamental derecho de todos los seres humanos,” dijo el señor Patrick Buckley, un irlandés y portavoz de la Sociedad para la Protección de los Niños por Nacer (Society for the Protection of Unborn Children/SPUC) ante la Unión Europea.
La ley tiene que estar basada en tanto en la justicia como en la razón y la idea de crear un derecho destinado a matar niños en el vientre materno es irracional”, ha concluido.
Niamh Uí Bhriain del Instituto Vida (Life Institute) ha recordado al gobierno irlandés que “el pueblo irlandés posee una autoridad superior a cualquier tribunal europeo”. Además, ha afirmado que “el pueblo ha demostrado que no tolerará la imposición del aborto en Irlanda por un poder de afuera”.
La UE se expone a su propio descrédito después de las promesas que se le hizo a Irlanda al entrar en el Tratado de Lisboa. Uno de los impedimentos era precisamente la condición pro vida de su Carta Magna.
Lo que debería plantearse la UE es si puede cambiar las ‘normas de juego’ una vez el partido ya ha empezado, es decir, si Irlanda –y el resto de los países comunitarios- entraron a formar parte de la Unión con sus características legislativas y jurídicas específicas, no se puede obligar a un cambio de reglamentación posterior. Va en contra de la lógica de que las legislaciones de los países comunitarios ya han sido asumidas.

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