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domingo, 29 de agosto de 2010

Los juicios de Nuremberg: ¿El aborto, un crimen contra la humanidad? - VHI

Lic. Marlene Gillette Ibern - 
Abogada y colaboradora de VHI 
Como se sabe, los Juicios de Nuremberg consistieron en una serie de tribunales militares a quienes se le dio jurisdicción, para atender los casos sometidos por los países que formaban parte de las fuerzas aliadas en contra de los miembros del gobierno nazi de Alemania, una vez concluida la II Guerra Mundial. El juicio de Nuremberg se llevó a cabo desde 1945 hasta 1949 [1]. 
Uno de los casos que formó parte de los Juicios de Nuremberg fue United States of America v Ulrich Greifelt et al, que también llevaba por nombre El caso RuSHA. (The RuSHA Trial). En este caso, los demandados fueron acusados de implementar el programa RuSHA a favor de la pureza de la raza. Bajo este programa se realizaron, entre otras atrocidades, los abortos forzados de las mujeres a quienes no se les consideraba ser de la raza aria [2]. Es importante tomar nota de que el pliego acusatorio contra los demandados declaraba lo siguiente: “Se les acusa de alentar y forzar a las mujeres a abortar” [3]. 
Se ha explicado con mayor detalle el significado del pliego acusatorio. El pliego acusatorio en el caso RuSHA enumera el acto de “alentar” al igual que el acto de “forzar” a las mujeres a practicarse un aborto. Esto es importante, dado que la defensa principal del acusado sería que los abortos eran voluntarios, y no forzados, dando a entender que no se cometió un delito. Pero con la inclusión de la palabra “alentar” se está diciendo que no importaba que los abortos hayan sido voluntarios o no. 
En la declaración inicial hecha por el fiscal auxiliar James M. McHaney se hizo referencia al aborto como un crimen bajo el código penal alemán. El fiscal auxiliar dijo que se presionaba de muchas maneras a las mujeres para que abortaran. No obstante, fuesen abortos voluntarios o forzados, ello no tenía importancia, continuó diciendo McHaney: ‘Aún si se asumiese que todos los abortos fuesen voluntarios, continuarían siendo actos criminales.” 
La pregunta obligatoria es si McHaney entendía que el aborto voluntario (al igual que el aborto forzado) era un delito porque estaba conectado con el genocidio o si el aborto per se era un delito. Se entiende que se puede decir que el fiscal auxiliar entendía que el aborto per se era un delito debido al precedente que quedó establecido en el primer juicio del tribunal internacional. En una de las pocas referencias al aborto en Nuremberg, además del caso RuSHA, el fiscal ruso L.N. Smirnov, mientras sometía evidencia con respecto a las atrocidades contra los niños, había dicho lo siguiente: “Incluso, estos criminales alemanes fascistas, intentaron matar a los concebidos.” 
Estas palabras son indicativas de que en el primer Tribunal Internacional de Nuremberg no se distinguió entre nacidos y concebidos como seres humanos, ya que ambos lo eran, y de que el aborto per se probablemente era considerado un delito. 
Mientras el juicio se dilucidaba, la defensa de los nazis en cuanto al aborto era éste fue voluntario. Hilderbrandt, uno de los demandados, señaló en su testimonio sometido al tribunal que el aborto nunca había sido considerado como un delito de asesinato en la ley, sino más bien como “una violación particular contra la vida”. También dijo que, siendo un delito, era castigado con una sentencia menos severa que el delito de asesinato. Y también dijo que le parecía que el fiscal entendía que el aborto en sí era un delito, con las siguientes palabras: “Hasta ahora nadie había pensado que la interrupción del embarazo era un ‘crimen contra la humanidad’ “[4]. 
En la decisión judicial emitida en el caso, no se distinguió entre abortos voluntarios y abortos forzados. En la decisión judicial se declaró lo siguiente: “Los actos y la conducta, tal como de modo substancial se plantean en el pliego acusatorio (‘alentar y forzar a la mujeres a abortar’) constituyen crímenes contra la humanidad” [5]. 
Aún si se dijera que el tribunal no tomó una decisión sobre si el aborto per se es un crimen contra la humanidad, entonces eso significa que el tribunal simplemente no dilucidó dicho asunto. Por lo tanto, se puede decir que no había necesidad de que el tribunal lo dilucidase, debido a la presunción legal a favor de la protección debida a la vida de cada ser humano. Esta presunción legal parte del derecho inherente a la vida de cada ser humano desde la concepción hasta la muerte natural. 
Notas:

[1]. Nuremberg Trials, Wikipedia, http://en.wikipedia.org/wiki/Nuremberg_trial. Subsequent Nuremberg Trials; Wikipedia, http://en.wikipedia.org/wiki/Subsequent_Nuremberg_Trials.
[2]. The RuSHA Trial; Wikipedia, http://en.wikipedia.org/wiki/RuSHA_Trial. Nuremberg War Trials – United States of America v Ulrich Greifelt et al – The RuSHA Trial (Case Number VIII – October 1947- March 1948); National Archives and Records Service; General Service Administration; United States Government, http://www.archives.gov/research/captured-german-records/microfilm/m894.pdf.
[3]. United States of America v Ulrich Greifelt et al; Law Reports of Trials of War Criminals - selected and prepared; United Nations War Crimes Commission; His Majesty’s Stationary Office; volumen XIII; sección 73; página 2; volumen XIII; 1949; Reino Unido de Inglaterra; Military Legal Resources; Library of Congress; EEUU, http://www.loc.gov/rr/frd/Military_Law/pdf/Law-Reports_Vol-13.pdf.
[4]. Nuremberg Revisited: Abortion as a Human Rights Issue; John Hunt; University Faculty for Life; Georgetown University; páginas 254-256, http://www.uffl.org/vol%203/hunt3.pdf. Ver: Abortion and the Nuremberg Prosecutors: A Deeper Analysis; John Hunt; University Faculty for Life; Georgetown University, http://www.uffl.org/vol%207/hunt7.pdf.
[5]. Nuremberg Revisited: Abortion as a Human Rights Issue; John Hunt; University Faculty for Life; Georgetown University; página 257, http://www.uffl.org/vol%203/hunt3.pdf. Ver: Abortion and the Nuremberg Prosecutors: A Deeper Analysis; John Hunt; University Faculty for Life; Georgetown University, http://www.uffl.org/vol%207/hunt7.pdf.

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