Por Juan Bacigaluppi
MÉXICO: REEDUCACIÓN PARA COMUNICADORES
Fuentes:
Propias; CONAPRED, Exp. DGAQR/115/11 (03-03-11).
Totalitarismo
gay: curso de reeducación para periodistas. La reinterpretación de los
derechos humanos. Un documento sin valor jurídico. Intervención de la Santa
Sede
El 3 de marzo pasado, el
Consejo Nacional para prevenir la Discriminación (CONAPRED), libró un oficio contra
Anita Bermúdez Ochoa, columnista de La Crónica de Mexicali (Baja
California), ordenándole a ella y a los demás columnistas del diario
asistir a un curso se “sensibilización contra la homofobia”.
Bermúdez Ochoa, el 21 de
febrero, publicó una columna en la que
advertía sobre la gravedad de incluir el derecho a las “preferencias
sexuales” en la reforma de la Constitución mexicana. El mismo día fue
acusada por un particular ante el CONAPRED de promover “la discriminación y
el odio contra personas con preferencia sexual diversa a la heterosexual”.
El CONAPRED consideró que
Bermúdez Ochoa afectó los “derechos” del denunciante “y de las persona que
integran la Comunidad LGBTTTI” (cada vez son más largas las siglas que
identifican a los grupos de activistas).
El ente estatal dijo que
la columnista “hace comentarios ofensivos contra las personas con preferencia u
orientación sexual diferente a la heterosexual, además de incitar a que no se
reconozcan sus derechos, con lo que se podría promover en su contra la
violencia, rechazo o exclusión, así como anular o impedir el reconocimiento o
ejercicio de sus derechos, entre ellos a un trato digno”.
Reinterpretación de los
tratados de derechos humanos
Las descabelladas
conclusiones del CONAPRED son fruto de la reinterpretación de los tratados de
derechos humanos, puesta en marcha por la ONU y los otros centros de poder
del nuevo orden mundial. Estos organismos han trastocado el significado de las
palabras e imponen tiránicamente esa tergiversación. Además, consideran que el
desacuerdo con sus pretensiones es de por sí violento y agresivo.
Así, todo aquel que no
acepte el estilo de vida gay, ni lo desee para sus hijos, incita a la violencia
y promueve el maltrato de aquellos que tienen una orientación sexual diferente a
la heterosexual. ¿Es violencia oponerse a que se inculque a los propios hijos
que el estilo de vida homosexual es aceptable? Y si esto se considera violencia,
¿por qué no considerar de la misma manera la negación del derecho de los padres
a educar a sus hijos según sus convicciones éticas?
Lo que los tratados no
dicen
El CONAPRED afirma que su
dictamen se basa la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre
Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica y su Protocolo
adicional, llamado Protocolo de San Salvador. Sin embargo, en ninguno de
estos instrumentos internacionales se encuentran referencias a los supuestos
derechos de quienes tienen una orientación sexual diferente a la heterosexual.
Ni siquiera la Resolución de la OEA Derechos humanos, orientación sexual e
identidad de género, (AG/RES 2504, XXXIX-O-09), también citada, habla de
nuevos derechos basados en la identidad de género.
Un documento sin valor
jurídico
A la vez, es muy
alarmante que el CONAPRED, para justificar su dictamen, acuda a los llamados Principios de Yogyakarta,
poniéndolos en pie de igualdad con los otros instrumentos internacionales. Los
Principios son la reinterpretación
de los derechos humanos en clave homosexual; son fruto de un conciliábulo de
funcionarios internacionales activistas del homosexualismo político; no tienen
ningún valor jurídico; no han sido aceptados por la comunidad
internacional.
Intervención de la Santa Sede
Ante este
pandemonium de acusaciones injustas de violencia y discriminación basadas
en reinterpretaciones del texto de los tratados y en documentos sin valor
jurídico, conviene recordar una declaración de la Santa Sede.
El 17 de mayo de 2006, la
Santa Sede en el Consejo Económico Social de la ONU
(ECOSOC) rechazaba la violencia hacia los homosexuales diciendo: "en
muchas ocasiones la Santa Sede ha sido incomprendida porque no se ha entendido
que distingue explícitamente entre la persona homosexual y su comportamiento La
Santa Sede ha respetado y defendido siempre que todas las personas tienen el
derecho a la protección de su dignidad fundamental concedida no por los Estados,
ni por alguna organización internacional, sino por su propia naturaleza otorgada
a ellas por el Creador”.
Pero a su vez, ante la demanda en
nombre de la orientación sexual de igualdad de derechos con las personas
heterosexuales, la Santa Sede afirmó que la orientación sexual no es
comparable a la raza o el origen étnico. En realidad, lo que se pretende con
esas demandas “no es igualdad de derechos sino derechos especiales”, que
den carta blanca para la supresión de la diferencia moral entre tendencias y
comportamiento.
Seguía diciendo la declaración de la
Santa Sede que, la falta de la adopción de una postura contra la conducta
homosexual, lleva a que la homosexualidad sea entendida como una fuente positiva
de derechos humanos. Esa tolerancia sin matices crea lagunas jurídicas que
también facilitan la supresión de las distinciones morales entre tendencias y
comportamiento, y equivale a aceptar falsas expresiones de libertad
anárquica.
La Santa Sede hizo notar, en esa
oportunidad, que las leyes sobre derechos para los homosexuales y la
demanda de derechos especiales imponen un criterio ético sobre la moral
sexual (relativismo sexual) a todas las personas y tienden a cambiar el código
de moralidad en las legislaciones. FIN, 13-04-11
Vid:
-OEA: privilegia el homosexualismo
(VI) (NG 899)
-La arremetida gay (VI) (NG 777)
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