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jueves, 9 de septiembre de 2010

Argentina, Cámara de Diputados de la Nación: Media sanción para Filicidio - Notivida Nº 732


Por Mónica del Río
MEDIA SANCIÓN PARA FILICIDIO
La cámara baja aprobó esta madrugada la despenalización -prácticamente- del filicidio cuando se trate de un neonato.

Por 170 votos a favor, 29 en contra y 9 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó el proyecto impulsado por Diana Conti, de convertirse en ley:se impondrá prisión de seis meses a tres años a la madre que matare a su hijo durante o luego del nacimiento mientras se encontrare bajo la influencia del estado puerperal”, lo que equivale prácticamente a la despenalización del filicidio mientras el hijo no alcance los dos meses de vida. En la actualidad la condena es la de “homicidio agravado por el vínculo”, es decir prisión perpetua -el juez puede aplicar prisión de 8 a 25 años cuando “mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación- (Vid Notivida Nº 723).
Según se mencionó en el recinto la ley beneficiaría a 14 mujeres que están presas por haber matado a su hijo recién nacido. El caso más recordado fue el de Romina Tejerina.
Junto al texto aprobado se debatieron dos dictámenes de minoría:
I Dictamen de minoría: Se impondrá prisión de hasta 9 años, a la madre que matare a su hijo desde el nacimiento o mientras durare su estado puerperal, entendiéndose esta causal de atenuación de la figura básica del homicidio, como la que ocasiona en la autora un trastorno de conciencia lo suficientemente grave que, sin llegar a la causal prevista en el inciso 1 del artículo del artículo 34, disminuya su capacidad de comprender la antijuridicidad de su acción. (Patricia Bullrich, Natalia Gambaro y Gladys González)
II Dictamen de minoría: Se impondrá prisión de seis meses a tres años a la madre que durante el nacimiento o dentro de los 8 días siguientes al parto matare a su hijo. (Juan C. Vega)
Apostillas del debate
Diana Conti (FpV, BsAs) sostuvo que este tema es importante para algunos y resistido por otros. Para la diputada el tema del Niño por Nacer “que le vendieron a Menen por su relación con el Vaticano” fue cundiendo; por eso se dice que hablar de “aborto no punible” es fomentar el aborto y que poner infanticidio es fomentar que las mujeres maten a sus recién nacidos, alegó.
Patricia Bullrich (CC, CABA) destacó que en el texto de Conti el “o” es un “permiso para matar” y que el estado puerperal no está claramente definido.
Juan Carlos Vega (CC, Cba.) aseguró que la “influencia del estado puerperal” es un lapso indeterminado y que muchos países imponen plazos.
Vilma Ibarra (Nvo. Encuentro, CABA) afirmó que estos debates nunca terminan de estar saldados sin la despenalización del aborto y la “Checha” Merchán (Libres del Sur, Cba.) que con aborto legal habría menos casos de infanticidio.
Cynthia Hotton (Valores para mi País, CABA) les enrostró que nunca se ocupan de los niños y agregó: “podríamos pensar en algo más que matarlos antes o después de que nazcan”. Apoyó el dictamen de Bullrich con el plazo de Vega.
Ricardo Gil Lavedra (UCR, CABA) defendió el proyecto de Conti y resaltó que Bullrich no hizo más que agregar la definición de estado puerperal mientras que Vega no impuso ninguna condición dentro de los primeros 8 días, con esa redacción cualquiera podría matar al hijo durante la primera semana de vida, aclaró Gil Lavedra.
Ivana Bianchi (Peronismo Federal, San Luis), que presentó una disidencia total afirmó: “La madre que mata a su hijo comete homicidio agravado por el vínculo y por ello debe ser condenada y no pretender la incorporación de una figura penal que por las penas allí establecidas hasta sería excarcelable y susceptible de una probation”. 
Ma. Inés Pilatti Vergara (FpV, Chaco) apoyó el proyecto pero criticó su redacción porque el “o” suprime la exigencia del desequilibrio psíquico durante el parto.

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