El citado documento en su punto 6 insta a los países a “revisar las
leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que se hayan sometido a
abortos”. Tal acción violaría la Constitución de Brasil que en su artículo 5
protege la vida de todos sin distinción, también el Código Civil Brasileño de
2002 que establece que la vida se inicia en la concepción y varias otras
normativas. Principalmente se viola el Pacto de San José de Costa Rica, tratado
vinculante y con categoría de ley obligatoria para Brasil que en su artículo 4
establece la protección a la vida a partir del momento de la concepción.
El parlamento además ya ha aceptado efectuar próximamente una votación de
rechazo a todo el documento. Se prevé que muchas acciones de este tipo se tomen
en otros países latinoamericanos puesto que en toda la región, salvo Cuba, el
aborto es un delito al que solamente algunos países eximen de pena a la mujer en
casos excepcionales.
Con esta iniciativa, el Parlamento de Brasil ha puesto en serio
cuestionamiento la misma naturaleza de “Consenso” de este tipo de documentos
generados por el sistema de Naciones Unidas. Estos supuestos “acuerdos
internacionales” se estarían tomando por delegados que no tienen la potestad ni
la competencia para representar debidamente al país. Tal como denuncian los
parlamentarios brasileros Paes de Lira, Talmir Rodrigues y Miguel Martini,
promotores de esta acción legislativa, la acción de la Ministra Freire al
proponer un cambio de leyes en Brasil asume ilegalmente las funciones que son
propias del Poder Legislativo. Además señalan que esta injerencia de las
Naciones Unidas afecta seriamente la soberanía nacional de los países en las
cuestiones de la defensa de la vida.
Llama poderosamente la atención que el citado documento que ahora figura en
la página web de la CEPAL, no pone en conocimiento de la opinión pública las
reservas que Chile, Perú y Costa Rica ya presentaran en el mismo evento. El
registro de reservas es la norma acostumbrada en este tipo de eventos. Es una
forma de manifestar la libertad soberana de cada país de respetar sus propios
marcos jurídicos y una obligación de los delegados participantes que, en este
caso, habría incumplido la Ministra Freire. Sería gravísimo que la CEPAL este
ocultando los textos donde los países ejercen su derecho a presentar
reservas.
Varios analistas entre ellos han señalado que el punto 6 del citado documento
incluye la conocida ecuación Derechos Sexuales y Reproductivos + Salud
Reproductiva = Aborto Legal. Explica Polo, “dichos conceptos no están
incluidos en los marcos legales de muchos países de la región y han sido
seriamente cuestionados creando una polémica que contradice cualquier idea de
consenso. Por ejemplo en el Perú, el proyecto de ley de Salud Reproductiva ya
lleva 8 años de fracasar en su intento de ser aprobado y no hay indicios que eso
vaya a cambiar en el futuro. Por años también los promotores de este discurso
ideológico de “los derechos sexuales y reproductivos” y la “salud reproductiva”
se esforzaron en decir que no incluía el aborto. Hoy vemos claramente y por
escrito en este documento que estaban faltando a la verdad”, concluyó.
El texto completo del llamado “Consenso de Brasilia” lo encuentra en http://www.eclac.cl/mujer/noticias/paginas/5/40235/ConsensoBrasilia_ESP.pdf
El PROYECTO DE DECRETO LEGISLATIVO PDC 2840/2010 se encuentra en http://www.camara.gov.br/internet/sileg/Prop_Detalhe.asp?id=484558
La moción de repudio al llamado “Consenso de Brasilia” lo encuentra en
http://www.camara.gov.br/internet/sileg/Prop_Detalhe.asp?id=484530
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