Por Mónica del Río
Cámara de
Diputados de la Nación
LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO
Tras homomonio la comunidad LGBT
va por la “ley de identidad de género”.
Este año la “ley de identidad de género” será
el centro de los reclamos del activismo homosexual y la figura de María Rachid
volverá a aparecer en los medios de comunicación, aunque ya no como presidente
de la FALGBT sino como vicepresidente del INADI –nombrada por decreto del
Ejecutivo-. En el Gobierno de Cristina hay corporaciones que tienen que negociar
con el Gobierno y otras que se incorporan al Gobierno para impulsar desde
adentro sus intereses particulares.
Gays y lesbianas ya tienen homomonio, llegó
el turno de la “ley de identidad de género” para los trans (travestis, transexuales y
transgéneros) que en el país se nuclean básicamente en dos
asociaciones ATTTA (Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de
Argentina) y ALITT (Asociación de Lucha por la
Identidad Travesti-Transexual). La primera trabaja junto a la FALGBT
(Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans) y la segunda con
la CHA (Comunidad Homosexual Argentina).
La estrategia para lograr la ley no es nueva:
presión desde el Ejecutivo -a través del INADI-, presencia en los medios, casos
judiciales testigos, el testimonio de algunos personajes de la farándula, lobby
en el Congreso y el infaltable recurso a lo sensible: “con aspecto femenino
tengo que hacer el ridículo votando en una mesa de hombres”. Lo que no van a
poder reproducir es el mote, ésta no va a transformarse en la ley del “documento
igualitario” porque, entre otras cosas, a nosotros no se nos permite cambiar el
año de nacimiento para asentar nuestra juventud “autopercibida”.
Los proyectos
Hacia fines del 2.010 se presentaron tres
proyectos que tienen algunas diferencias pero apuntan a lo mismo, a modificar la
fotografía y nombre de las personas trans en los registros públicos y privados,
en base al sexo “autopercibido” y sin pasar por operaciones de adecuación de
genitales externos.
Los proyectos que deberá estudiar la comisión
de Legislación General que preside Vilma Ibarra son:
Expte.
7644/2010 (FALGBT – ATTTA)
Lo firmaron: Juliana Di
Tullio (FpV, BsAs); Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro, Cap.Fed.); Laura
Alonso (PRO, Cap.Fed); Martin Sabbatella (Nuevo Encuentro, BsAs);
Cecilia “Checha” Merchán (Libres del Sur, Cba.); Fernanda Gil
Lozano (CC, Cap. Fed); María Luisa Storani (UCR, BsAs); Liliana
Parada (Proyecto Sur, Cap. Fed.); Ricardo Cuccovillo (PS, BsAs);
María Virginia Linares (GEN, BsAs); Jorge Cardelli (Proyecto Sur,
Cap. Fed.); Roy Cortina (PS, Cap.Fed.); Nélida Belous (Social
Patagónico, T.del Fuego); Verónica Benas (SI, Sta.Fe); María Fernanda
Reyes (CC, Cap. Fed); Claudio Lozano (Proyecto Sur, Cap. Fed.);
Sandra Mendoza (FpV, Chaco) y Eduardo Macaluse (SI, BsAs).
Toda persona mayor de 18 años que manifieste
pertenecer a un “género” que difiera del que “la sociedad le ha asignado
convencionalmente” (sexo biológico), podrá reclamar como “derecho humano básico”
la rectificación registral del sexo y el cambio del nombre. Bastará con la
presentación de una declaración jurada ante el Registro Nacional de las Personas
-o sus oficinas seccionales- para que el oficial público tenga que expedir un
nuevo documento. Si el interesado fuera menor de 18 años y no contara con el
consentimiento de sus padres “se recurrirá a la vía sumarísima para que los
jueces declaren la irracionalidad del disenso o suplan el consentimiento”. Se
emitirá, además, una nueva partida de nacimiento acreditando dichos cambios con
una referencia que indique la ubicación de la partida anterior a la
rectificación. A la partida original sólo tendrán acceso los que estén
autorizados por el titular o por orden judicial. El proyecto de la FALGBT no
contempla -como el de la CHA- las intervenciones quirúrgicas y los tratamientos
hormonales porque son objeto de una iniciativa complementaria: la
Ley de atención integral
de la salud para personas Trans.
Expte. 8126/2010 (CHA – ALITT)
Lo firmaron Diana
Conti (FpV, BsAs); Juliana Di Tullio (FpV, BsAs); Vilma
Ibarra (Nuevo Encuentro, Cap.Fed.); Laura Alonso (PRO, Cap.Fed);
Victoria Donda (Libres del Sur, BsAs); Martin Sabbatella (Nuevo
Encuentro, BsAs); Marcela Rodríguez (CC, BsAs); Remo Carlotto
(FpV, BsAs); Cecilia “Checha” Merchán (Libres del Sur, Cba.); Margarita
Stolbizer (GEN, BsAs); Fernanda Gil Lozano (CC, Cap. Fed) y María
Luisa Storani (UCR, BsAs).
Pueden
solicitar el cambio registral los mayores de 16 años, y se realizará con un
simple “proceso administrativo expeditivo”. La rectificación registral no
modificará los derechos y obligaciones provenientes de las relaciones propias
del derecho de familia, incluida la adopción, cuando la misma hubiese sucedido
con anterioridad a la decisión del cambio registral. En las relaciones
patrimoniales primará el número del documento nacional de identidad por sobre el
nombre o la apariencia morfológica. El acta de nacimiento original se destruirá
pasados los 5 años y en el entretanto “sólo tendrán acceso quienes demuestren un
interés legítimo, previa orden judicial con consentimiento expreso del titular”.
A partir de los 18 años los interesados podrán solicitar gratuitamente
intervenciones quirúrgicas de adecuación de genitales o tratamientos hormonales
en cualquier hospital público del país. Las prestaciones se incorporarán en el
PMO (Plan Médico Obligatorio). En estos procedimientos estará expresamente
prohibido: dar intervención a los comités de bioética, solicitar el
consentimiento de terceros (cónyuge, padres…) y hacer “objeción de conciencia
institucional”.
Expte. 7243/2010
(UCR)
Lo
firmaron Silvana Giúdici (Cap.Fed.); Silvia Storni (Cba.); Juan
Pedro Tunessi (BsAs) y Rubén Lanceta (BsAs).
“Toda
persona por sí o por su representante legal, podrá solicitar –ante el Registro
Civil- la rectificación del género y/o su/s nombre/s de pila en su partida o
certificado de nacimiento”, “el Registro Civil informará al Registro Nacional de
las Personas, al Registro Nacional de Reincidencia y a la Cámara Nacional
Electoral”, “rectificada la partida o certificado de nacimiento, se expedirá un
nuevo Documento Nacional de Identidad, el cual conservará el número original”.
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