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lunes, 3 de octubre de 2011

‘Roe v. Wade’ de México quedó evitada, al fracasar la Suprema Corte en anular enmienda pro-vida - notifam.net


Por Matthew Cullinan Hoffman
CIUDAD DE MÉXICO, 28 de septiembre 2011 (Notifam) – Una decisión propuesta para anular una enmienda constitucional pro-vida en la Suprema Corte mexicana ha fallado hoy, cuando la suma de la votación en contra de la decisión alcanzó solamente cuatro de los once ministros. Todavía la corte tiene que tomar una decisión final en cuanto a un segundo veredicto similar sobre otra enmienda constitucional estatal pro-vida, aunque se anticipa que esa decisión tomará el mismo camino.
Según la constitución mexicana, la Suprema Corte tiene que contar con una súper mayoría de los once ministros, para poder anular la ley; con cuatro votos ahora definitivamente en contra del veredicto, la obtención de la dicha súper mayoría se haría imposible.
El voto decisivo en el primero de los dos casos, que han sido tildados como “el Roe v. Wade de México,” fue dado por el Ministro Jorge Pardo. Pardo observó que los derechos del concebido han sido  reconocidos en la ley federal mexicana, y que la enmienda por el derecho a la vida en el Estado de Baja California no se halla en conflicto con la constitución de la nación.
“Las entidades federativas (los estados y la capital de la nación), en uso de su (auto) libertad de configuración, pueden establecer este punto de inicio del derecho a la vida”, dijo Pardo.  
Pardo aclaró que él entiende que la penalización del aborto es un tema separado.  
Luego que los dos ministros que quedan, expresen sus opiniones sobre la propuesta, ellos pasarán a considerar una segunda decisión sobre la enmienda del derecho a la vida del Estado de San Luis Potosí.
Ambas enmiendas protegen el derecho a la vida desde el momento de la concepción, aunque la enmienda de San Luis Potosí hace, del derecho a la vida, el fundamento para todos los derechos humanos.
En la enmienda de Baja California se declara: “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida”.
En la enmienda de San Luis Potosí se lee: “El Estado de San Luis Potosí reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción. Queda prohibida la pena de muerte, la cual no podrá aplicarse en ningún caso”.
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Versión del original en inglés:

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